El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que facilita que una persona divorciada pueda librarse de pagar IRPF cuando vende la casa común años después de un divorcio y usa ese dinero para comprarse su nueva vivienda habitual. La ley establece que esa exención fiscal estaba limitada para la venta de vivienda habitual, considerada como el inmueble que constituya la residencia durante tres años o donde se ha habitado ininterrumpidamente durante 12 meses, y si se invierte el dinero de la venta en la compra de la nueva vivienda habitual.